NOTICIAS Castilla-La Mancha

 
 Cotizaciones a la Seguridad Social (Régimen General) 2007

 

- Información diversa en materia de Seguridad Social

 

PRIMERO: BASES MÁXIMAS Y MÍNIMAS 

A) Bases mínimas de cotización: Se incrementan las del ejercicio 2.006, en función de lo que se establezca en fechas próximas en la revisión del Convenio Provincial.(Dichas bases exceden las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social).

B) Bases máximas de cotización: 2.996,10 €, al mes

 

SEGUNDO: COTIZACIONES SEGURIDAD SOCIAL 2007

Concepto

Empresa

Trabajador

Total

A) Contingencias comunes

23,60

4,7

28,30

B) Desempleo

 

 

 

b.1 Contratos indefinidos, contratos de duración determinada (formativo, en prácticas, relevo, interinidad, discapacitados) 

5,75

1,55

7,30

b.2 Contratos de duración determinada

      b.2.1 a tiempo completo

      b.2.2 a tiempo parcial

 

6,7

7,7

 

1,6

1,6

 

8,30

9,30

C) Formación Profesional

0.6

0.1

0.7

D) Fondo de Garantía Salarial

0,2

 

0,2

 

  TERCERO: COTIZACIONES CONTRATOS FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (anteriores al 17 de mayo de 1997) . Orden TAS/31/2007, de 16 de enero

Concepto

Empresa

Trabajador

Total

A) Contingencias comunes

28,36 €

5,65 €

34,01 €

B) Contingencias profesionales

3,90 €.

--------

3,90 €.

C) Fondo de Garantía Salarial

2,17 €.

--------

2,17 €.

D) Formación Profesional

1,04 €.

0,15 €.

1,19 €.

 

CUARTO: OTROS ASUNTOS DE INTERÉS. Ley 43/2006 de 30 de diciembre

  • Reducción de cuotas para el mantenimiento de empleo (Adicional 25). Trabajadores fijos de 59 años de edad con cuatro ó más años de antigüedad en el empresa 40% de deducciones a la aportación empresarial a la Seguridad Social (ver disposición)

  • Financiación de la formación continua (Adicional 26), porcentaje de bonificación s/ créditos a cuotas F.P( Cap II RD. 1046/2003):

a.    Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 por cien

b.    De 10 a 49 trabajadores: 75 por cien

c.    De 50 a 249 trabajadores: 60 por cien

d.    De 250 o más trabajadores: 50 por cien

e.    Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 euros.

 

QUINTO: COTIZACIONES ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

 

TARIFA PARA LA COTIZACIÓN POR ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

Cuadro I 

 

Códigos CNAE y título de la actividad económica

 

Tipos de cotización  

 IT

 IMS

 Total

20. Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería. (Excepto 20.4; 20.5)

 3,00

 2,85

 5,85

20.4 Fabricación de envases y embalajes de madera

2,40

2,10

4,50

20.5 Fabricación de otros productos de madera. Fabricación de productos de corcho, cestería y espartería

2,40

2,10

 4,50

36. Fabricación de muebles; otras industrias manufactureras. (Excepto 36.1; 36.2; 36.3)

1,95

1,30

3,25  

36.1 Fabricación de muebles

2,40

2,10

4,50  

36.2 Fabricación de artículos de joyería, orfebrería, platería y artículos similares

1,10

0,90

2,00  

36.3 Fabricación de instrumentos musicales

1,10

0,90

2,00  

 Cuadro II 

 

Códigos CNAE y título de la actividad económica

 

Tipos de cotización

 

 IT

 IMS

 Total

a.

Personal en trabajos exclusivos de oficina

0,65

0,35

1,00

b.

 

 

Tipo de cotización para todos los trabajadores que deban desplazarse habitualmente durante su jornada laboral, siempre que por razón de la ocupación o la actividad económica no corresponda un tipo superior. Representantes de Comercio

 

1,00

 

1,25

 

2,25

c.

 

Trabajadores en período de baja por incapacidad temporal y otras situaciones con suspensión de la relación laboral con obligación de cotizar

 0,30

0,80

1,10

d.

 

Personal de oficios en instalaciones y reparaciones en edificios, obras y trabajos de construcción en general

 4,10

 3,50

7,60

e.

 

 

Conductores de vehículo automóvil de transporte de pasajeros en general (taxis, automóviles, autobuses, etc.) y de transporte de mercancías que tenga una capacidad de carga útil no superior a 3,5 Tm

 

2,25

  

1,80

 

4,05

f.

 

Conductores de vehículo automóvil de transporte de mercancías que tenga una capacidad de carga útil superior a 3,5 Tm

 4,10

 3,50

7,60

g.

 

Personal de limpieza en general. Limpieza de edificios y de todo tipo de establecimientos. Limpieza de calles

 2,45

 1,60

4,05

h.

Vigilantes, guardas, guardas jurados y personal de seguridad

1,70

2,35

4,05

i.

Personal de vuelo

4,30

4,20

8,50